Hoy luce rojo el cielo,
Recientemente
comenté en las redes acerca de quienes señalan con índice flámigero
a las víctimas de un incidente y obtuve muchas
respuestas, así que,
como quiero
ser popular, dejaré de hablar de arte y literatura (¡esas cosas qué!)
y esta semana
abundaré sobre el tema y mis opinones.
Les pido a
quienes puedan abundar del tema
(soy un lego
en derecho y mucho más en derecho militar),
hacer
precisiones (legales o de sentido común) o disentir,
que señalen el
punto en el que quieren hacer anotaciones.
Por eso mismo,
escribiré muy esquemáticamente y en forma de listado
(como Cartilla moral repartida por el
preciso): A1, A2, A3, y así sucesivamente.
A (antecedentes)
1- La explosión en el ducto de combustible en
Tlahuelilpan y sus consecuencias se cataloga como un desastre antrópico, no como un crimen.
2-
Los desastres antrópicos (es decir, motivados
por la acción humana), a diferencia de los naturales, sí pueden ser imputados un
responsable directo, siempre que se
compruebe que alguien de forma manifiesta los provocó. Por ejemplo, en el
caso de un genocidio, quienes dieron las órdenes y quienes las ejecutaron.
3-
En el caso de la explosión del ducto de
combustible en Tlahuelilpan no hay evidencia que sustente hasta ahora un asunto
de tal naturaleza. Es decir, no hay un
responsable directo del desastre.
4-
En el caso de un desastre de esta naturaleza, sí
puede haber responsables indirectos.
5-
La explosión fue causada por la ignición de un
material flamable (no se sabe por qué
causa exacta e ignoro si pueda haber forma de saberlo) que se estaba
fugando de un ducto de gasolina.
6-
Al parecer, huachicoleros cargaron combustible y
dejaron abierta la toma cuando se
retiraron. Así se abrió el ducto. Esto tiene consecuencias que mencionaré
en los puntos D1, D3 y D4.
7-
Al
percatarse de la fuga, los habitantes acudieron al lugar para abastecerse
de combustible con motivos que varían de fuente a fuente (algunos dicen que
como autoabastecimiento, otros que para vender el combustible por su cuenta,
otros, que para venderlo a un comprador no identificado hasta el momento).
8-
Al parecer, la ordeña de combustible por parte
de los pobladores del lugar se llevaba a cabo desde la tarde del día del incidente. No he encontrado referencias a
desde qué momento exacto la autoridad civil o militar se enteró de la fuga; si
fue antes o después del arribo de los pobladores.
9-
La autoridad militar estaba al tanto al menos desde la tarde del día del incidente e intentó disuadir a los pobladores para
que no se acercaran al lugar. Estos no sólo hicieron caso omiso, sino que enfrentaron
a los soldados presentes.
10-
La explosión sucedió a las 18:40, mientras anochecía en el lugar. El personal
militar atendió a los heridos y se les brindó la atención médica
adecuada a las circunstancias.
Hechas estas precisiones, veamos quiénes pueden ser acusados como
responsables indirectos, en qué grado y qué consecuencias pueden existir por
sus acciones.
B (responsabilidades indirectas)
1- Dado
que un desastre antrópico de esta naturaleza, no tiene responsables directos, podemos decir que los principales responsables indirectos
son quienes hayan abierto la fuga, es decir, los huachicoleros (a quienes al parecer y quiero confiar en ello,
se les sigue la pista).
2-
Además
de ser los principales responsables indirectos de la tragedia (no sé si se les
pueda fincar responsabilidad penal y cuál sea ésta), los huachicoleros son responsables del delito de robo de
combustible.
3-
Dado que, como
adultos, estaban conscientes del peligro de acercarse a un ducto con
material inflamable, los pobladores que
estaban robando combustible —y aquellos que (dado el caso) se acercaron por
curiosidad— son otros responsables
indirectos. Todo adulto es responsable de su propia seguridad. Estoy cierto
de que en este caso no hay ninguna responsabilidad penal de consecuencias.
4-
Sin embargo, los mismos pobladores que robaban gasolina sí son responsables de robo de combustible. Los sobrevivientes deben
ser investigados y procesados en un
juicio respetando sus garantías de ley y considerando atenuantes del caso.
5-
Más importante y necesario para el juicio, se
debe investigar los móviles,
características y circunstancias. Es muy extraño que quisieran tanto
combustible. ¿Lo querían para ellos mismos?, ¿para qué? ¿Pensaban venderlo?,
¿en qué forma? ¿Alguien los mandó y les iba a comprar la gasolina?, ¿quién? Se
necesita una investigación muy puntual (además de aquella que se lleva a cabo
respecto a quienes abrieron el ducto).
6-
De aquí en adelante, según las leyes civiles, no
hay responsables de un delito como tal, pero sí se les puede imputar de
negligencia en diversos grados y con muy diversas consecuencias (desde las
penas en una corte civil, las penas en corte militar, el desprestigio moral y
el simple golpe ético a una administración).
7-
Se sabe que los
militares y la policía estaban al tanto de la rapiña, trataron de disuadir
a los habitantes y fueron amenazados. ¿Qué acciones llevaron a cabo después de
“intentar disuadirlos”?
8-
Se trataba de 25 elementos, entre soldados y policías mientras eran alrededor de 600 civiles. Una comparación desproporcionada,
evidentemente, para confrontar de manera directa y sin uso de armas de fuego.
9-
Sin embargo, leo también que hay 50 soldados repartidos cada 20 kilómetros a lo largo del ducto
y que vigilan 24 horas.
10-
Como sabemos,
los soldados no pueden enfrentarse con la población civil (restricción que no aplica para la policía, la cual
también estaba presente), además de que tenían órdenes expresas de no
involucrarse con ladrones de combustible por temor a que una escalada pueda
dar como resultado civiles heridos por disparos o soldados golpeados por una
multitud.
11-
Si bien, los
soldados rasos (ignoro si había militares de mayor rango entre los
presentes en el lugar) no pueden
contravenir órdenes, sí pueden y deben
notificar a sus superiores, ¿lo hicieron? En caso de que no, estos miembros de las fuerzas castrenses no
cumplieron su labor, que era vigilar los ductos, y resultan responsables indirectos en tercer grado de la tragedia. No
conozco la ley militar ni qué castigo merecerían.
12-
En caso de que sí hayan informado a sus
superiores, hay que investigar hasta qué
nivel de mando llegó esta notificación y por qué no se realizaron las acciones para realizar de forma
efectiva su labor asignada (cuidar los ductos). De demostrarse esto, los hace responsables de negligencia. No sé
cuál sea el castigo que merecerían según la ley marcial, pero estoy cierto de
que sería mayor al que sufre un soldado raso.
13-
Se argumenta, con total razón, que los militares no pueden hacer uso de la
fuerza contra civiles que no se encuentren armados y en una confrontación
directa. Es verdad, pero se trata de personal (sobre todo los mandos superiores) que conoce disuasivos que no implican
confrontación directa. Desde el simple despliegue de elementos (cercanos a
la zona había según los números del punto B9, muchos elementos) hasta la
presencia de efectos de choque como los vehículos armados.
14-
Hay otros métodos disuasivos (gases
lacrimógenos, balas de goma, etcétera), pero la milicia no puede hacer uso de ellos sin una orden directa de un alto mando
que se responsabilice. No estoy de
acuerdo en su uso por parte de una fuerza militar (tal vez sí por una
policiaca). El uso de armas de fuego nunca
se justifica a menos que se trate de un riesgo directo a la integridad
individual o del territorio nacional.
15-
Aunque es
posible que los altos mandos militares hayan recibido antes instrucciones generales de que no se entrase en conflicto con la población
(algo bastante creíble), no hay ninguna
justificación para no realizar con
inteligencia la labor que se les encomienda. Se supone que conocen estrategias, las leyes militares y
los procedimientos (que incluyen planes de emergencia). A menos que
demuestren una orden expresa para, en este caso particular, no hacer nada, no
hay justificante alguno.
C) Conclusiones
1- Los huachicoleros tienen una
responsabilidad indirecta en grado mayúsculo; los pobladores que robaron tienen una responsabilidad indirecta
sobre el peligro en que pusieron su propia integridad dado que son adultos, en libre uso de sus
facultades, conscientes del riesgo y de que estaban violando la ley.
2- Tanto los primeros como los segundos deben
de ser juzgados de acuerdo a sus responsabilidades, por un tribunal civil
por el delito de robo de combustible, en diversos grados, respetando sus garantías de ley y considerando las atenuantes en
cada caso particular.
3-
Ninguna
de las responsabilidades ni de los delitos descritos exime al Estado de
respetar la integridad moral de estas personas, de brindarles servicios médicos de emergencia ni de respetar los Derechos humanos, pero tampoco lo exime de aplicar las penas correspondientes.
Cualquiera de ambos casos sentaría un precedente gravísimo de violación a la
Constitución y los acuerdos internacionales.
4-
Aunque se trata de delincuentes, los pobladores del lugar no son huachicoleros
si con ello entendemos a personas que se dedican al robo y venta de gasolina
ilegal en cantidades masivas, con una estructura delincuencial bien cimentada y
un manejo de recursos que hacen posible operar por encima de la ley. A lo más que podrían llegar (hay que
investigar la posibilidad) es a peones
prescindibles de los verdaderos huachicoleros.
5-
Por sus características, y sin eximirlos del delito, existen atenuantes que pueden hacer —si
no en todos los casos de manera jurídica— comprensible su actuar. NO se trata de monstruos ni de
seres horribles ni mucho menos (como se ha escuchado por ahí) de “traidores a
la patria”. Se trata de personas que, por sus circunstancias económicas, pero
en pleno uso de sus facultades, decidieron delinquir. Como tales hay que tratarlos.
6-
Los
militares tienen una responsabilidad indirecta por negligencia que debe ser
investigada y que puede ir desde los rasos hasta los altos mandos. Las
consecuencias deben de ser abordadas de acuerdo al código militar, en un juicio que deslinde responsabilidades (pero sin que la sociedad y los
políticos busquen chivos expiatorios).
7-
La policía federal y/o estatal está en
el mismo caso, pero por las características del estado y la comunidad donde
sucedieron los hechos, se entiende que tenga menos capacidad logística y
numérica. Por otro lado, no se informa cómo actuaron sus elementos ni cuál fue
la reacción de sus mandos; se debe
investigar y saber si hubo vinculación con la autoridad civil de la
población.
8-
No hay,
a menos que surja durante un juicio o durante la investigación precedente,
ningún elemento que permita fincar responsabilidades
en los gobernantes estatales, el Estado nacional o sus representantes.
Sin embargo, la credibilidad de la
autoridad civil del estado donde ocurrieron los hechos queda lesionada por su
incapacidad de reacción.
9-
Es necesario
implementar a nivel estatal un plan que permita una mejor coordinación en este tipo de eventos.
10-
A nivel
militar quiero pensar que existe una logística
apropiada, en caso negativo, es una vergüenza para las fuerzas armadas y debe
implementarse una urgentemente.
11-
No hay
responsabilidad ni mucho menos delito qué perseguir en el Ejecutivo federal, tampoco hay lesión a su credibilidad o hay manera de hacer
responsable directa o indirectamente
del evento a las acciones que ejecuta el mismo contra el robo de combustibles.
12-
Aunque ninguna
de las acciones recientes del gobierno federal en contra del robo de
combustible queda invalidada ni hay
forma de relacionarla con la tragedia ocurrida, sí plantean una serie de dudas sobre la efectividad de estas medidas.
D) Dudas sobre las
medidas
1- ¿Cómo
es posible que después de que se anuncia y pone en marcha un plan y una
estrategia contra el robo de combustible, un grupo de huachicoleros ordeñe un
ducto y deje abierta una fuga? Hay que ventilar más ese tipo de eventos, no
sólo hacer declaraciones triunfalistas y ejecutar medidas espectaculares.
2- ¿Han
sucedido otras fugas y eventos semejantes? ¿Sólo nos enteramos de éste por la
tragedia sucedida? Hay que ventilar más ese tipo de eventos, no sólo hacer
declaraciones triunfalistas y ejecutar medidas espectaculares.
3- ¿Cuál
es el sentido de poner a los militares a vigilar una instalación federal si no
tienen margen de acción ante posibles ataques? ¿Qué harían ante un ataque
planeado de huachicoleros con poder de fuego? ¿Se trata de otra acción
espectacular realizada sin planeación?
4- ¿Los
militares están en verdadera capacidad de realizar tareas de resguardo que no
están entre sus funciones originales?
5- Ante
estos hechos, ¿no sería mejor repensar una estrategia basada en la demostración
de fuerza (Guardia Nacional incluida) y planear mejor las tácticas aunque no
redunden en una popularidad efímera en las “benditas redes sociales”?
Creo que nadie en su cabal juicio está a favor del robo de
combustible, pero eso no nos exime de ser críticos con el gobierno en todos sus
órdenes. No hay un solo camino ni personas impolutas e infalibles (llámense
pueblo, partido o tenga nombre y apellido) que luchan contra seres malignos que
se reúnen en las sombras a hacer el mal (llámense “traidores a la patria”,
tengan siglas o cuenten con nombre y apellido). Hay ciudadanos; algunos de esos
ciudadanos son delincuentes; es todo. Para castigar el delito se crearon las
leyes. Hay que aplicarlas. No hacerlo significa pasar del estado de derecho a
la vieja monarquía absoluta en la que se perdona o martiriza según el humor en
el que despierte el soberano.
Y ya, prometo no volverme a enredar en estos asuntos que me asquean.
Vuelvo a hablar de música, pintura y, sobre todo, literatura. Vuelvo a
habar de arte.
Retirado en la paz de estos desiertos
Con pocos pero…